Todo percance automovilístico es una desgracia, la cual puede ser grave o incluso fatal, pero hoy me parece que debemos de ser más genéricos y hablar de todo tipo de percance sea grave o incluso mínimo.

Lo anterior en virtud de que, cualquiera tiene dos consecuencias jurídicas fundamentales, la primera consiste en ser un hecho ilícito es decir un actuar que produce una consecuencia o menoscabo en el patrimonio de otra persona comúnmente asimilado en vía civil.

En tal sentido, es que un accidente implica la responsabilidad de pagar los daños y perjuicios ocasionados a otra persona cuando se acredite que alguien es el culpable de haberlos ocasionados.

En segundo punto, produce un hecho que hasta ese momento tiene la apariencia de ser un delito de daño en propiedad ajena, por decir lo menos puesto que, como lo adelantamos anteriormente pudiera ser lesiones o incluso homicidio.

En consecuencia, al existir flagrancia si es que existiera se deberá de poner a disposición tanto a las personas como a los vehículos ante el Ministerio Público de forma inmediata.

Por tanto, me parece oportuno hacer varios señalamientos es muy común que las personas en el momento de algún percance vial consideremos que alguien tiene o no la culpa y como consecuencia emitamos una sentencia sobre el hecho.

Sin embargo, la realidad es que se debe de continuar con un proceso judicial que decida quien es o no el culpable de ese hecho ilícito, motivo por el cual es que de no llegar a un acuerdo entre las partes comenzará un proceso por medio del cual se decidirá quién es el culpable delo accidente e incluso los daños que hay que pagar y la cuantificación de los daños.

En ese sentido, es necesario comprender que aún y teniendo asegurado un vehículo o considerando no tener la culpa dentro de un proceso ello no exime a las partes de continuar con un proceso que puede o no ser beneficioso para las partes y al iniciar el proceso ambas partes deben de ser consideradas igual de inocentes.

Lic. Juan Fernando González Espinosa

juanfer_lm@hotmail.com

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