Ariel Maldonado director de Medio Ambiente, advirtió que en términos de lo establecido en la Reglamentación vigente, derribar o generar acciones para inducir que árboles mueran de forma natural o alterando su estructura, es un tema que se sanciona.
Puntualizó que para la intervención de cualquier árbol, se debe contar con un diagnóstico previo y en caso de que sea procedente algún seguimiento de retiro, es necesario contar con los permisos correspondientes.
El funcionario, señaló que han detectado que las personas buscan evadir los procedimientos y se arriesgan a intervenir árboles sin ser sorprendidos; no obstante, actualmente, cualquier ciudadano con teléfono móvil y la vigilancia de Medio Ambiente, los delata y pone en evidencia.
En este contexto, recomendó preguntar antes de actuar e indicó que la dirección de Medio Ambiente, cuenta con personal capacitado para emitir lo que mejor convenga para cada caso.
Con la temporada de lluvias, dijo, el arbolado suele presentar inclinaciones o colapsos por los reblandecimientos de tierra, pero en ese caso debe notificarse a las áreas de Medio Ambiente o a Protección Civil, a fin de realizar valoración en campo y así, de acuerdo con el grado de riesgo, establecer las acciones pertinentes.
Cuando se trata de árboles que están en predios particulares, se pide tenerlos en vigilancia y en caso de que haya riesgo, solicitar a la dirección de Medio Ambiente un diagnóstico y a partir de ello, la dependencia ofrecerá las alternativas de intervención, con las debidas autorizaciones.
Para reportar remoción de arbolado sin los permisos correspondientes, la dirección de Medio Ambiente pone a disposición el número telefónico: 7757558450, extensión 2143.
En ese mismo teléfono, se puede informar de algún árbol con riesgo estructural o reblandecimiento, para hacer efectivo lo que marca el Reglamento en la materia.
La dirección de Medio Ambiente, realizó acciones conjuntas con Protección Civil, al igual que con la dirección de Parques y Jardines para al menos seis árboles con riesgo de caída o debilidad estructural, a causa de enfermedades.
Las únicas causas autorizadas para la remoción de un árbol, son por ya no presentar signos de vida, cuando su estructura no permita mantenerlo de pie debido a oquedades o por agentes externos.
Otros procedimientos para preservar los ejemplares, son podas preventivas y en otros casos, buscar trasplantarlos en condiciones favorables para ello.

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