Por pintar propaganda en un monumento histórico en el pasado proceso comicial, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) sancionó con una amonestación pública a Miguel Ángel Pérez Navarrete, excandidato del Partido Nueva Alianza (Panalh) a presidente municipal en Zempoala.
De acuerdo con la resolución del proceso espacial sancionador PES-006/2021, el panalista es administrativamente responsable de contravenir la normativa electoral local por hacer pintas en una barda con valor histórica en la capilla de la localidad San Pedro Tlaquilpan.
En la sentencia, el órgano jurisdiccional también ordenó dar vista al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) para que determine lo que en derecho corresponda.
“En una de las estructuras que lo conforman (al inmueble) fue pintada la propaganda denunciada, y que a su vez, el mismo es considerado por las autoridades competentes como un monumento histórico”, señaló la magistrada Rosa Amparo Martínez Lechuga.
En el PES-103/2020, el TEEH también amonestó públicamente a María Guadalupe Muñoz Romero, excandidata del Partido Revolucionario Institucional (PRI) por Apan, debido a que acreditó que violó la veda electoral en los comicios para la renovación de ayuntamientos, pues emitió publicaciones propagandísticas en su Facebook el día de la jornada, el 18 de octubre.
Asimismo, desecharon el PES-01/2021 por no acreditar que la priista Adela Pérez Espinoza cometió esa misma conducta cuando contendió como aspirante a alcaldesa de Huejutla.
En el juicio ciudadano JDC-23/2021, los magistrados ordenaron al ayuntamiento de Tlaxcoapan la expedición de la convocatoria, en 15 días hábiles, para la elección de delegado y subdelegado de la localidad de Teltipán de Juárez, con la obligación de tomar en cuenta las condiciones sanitarias actuales y realizar acciones que prevengan el riesgo de contagio de Covid-19.
Asimismo, en el JDC-22/2021 el tribunal mandató a la alcaldesa de Tepeapulco, Marisol Ortega López, a otorgar en un plazo de 10 días hábiles a los regidores demandantes la información y documentación solicitada por ellos; no obstante, consideran infundado el señalamiento de que la presidenta realizó acciones u omisiones para cuartar el derecho de participación y libre expresión de los ediles, por lo que no se acreditó violencia política