El Congreso de Hidalgo avaló ayer la reforma al Código Penal para el Estado, para establecer la Violencia Vicaria como el daño provocado a una mujer, a través de una acción u omisión que afecte física o psicológicamente a sus hijos, persona con la que tenga otro parentesco o relación afectiva.
La persona generadora de esta violencia, será aquella con quien la mujer mantenga o haya mantenido una relación de hecho, matrimonio, concubinato o de parentesco por consanguinidad o afinidad, con o sin convivencia, señala la adición al artículo 243 quáter.
Además, la reforma al artículo 243 bis, añade a la violencia vicaria como parte del delito de violencia familiar, que el Código Penal castiga con penas de uno a seis años de prisión y multas de 50 a 100 días.
Como parte de la reforma, los diputados también adicionaron la fracción XI del artículo 5 y la fracción VI del artículo 7 a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Hidalgo.
En ella igualmente se establece que la violencia vicaria, es el daño provocado a una mujer a través de una acción u omisión que afecte física o psicológicamente a sus hijas, hijos, persona con la que tenga otro parentesco o relación afectiva, aunado que señala quién la genera.
La diputada Erika Rodríguez Hernández afirmó que en la actualidad hay ocho carpetas de investigación que encuadran en violencia vicaria.
Durante la presentación del dictamen, su compañero Roberto Rico Ruiz, recordó que el 2 de enero de 2021, en el Mineral de la Reforma, un sujeto privó de la vida a sus tres hijos de 3, 7 y 8 años de edad, “tras discutir con su esposa y cobrar venganza de esta forma”.
“Según las investigaciones el agresor, antes de huir, informó a su padre lo que había hecho en perjuicio de su pareja y fue su progenitor quien presentó la denuncia ante las autoridades municipales”, señalór

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *