Tras el amparo solicitado por la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH) para evitar el corte del suministro de agua por parte de la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales (Caasim), el magistrado Eutimio Ordóñez Gutiérrez informó que se resolvió que el organismo no puede interrumpir el suministro de agua en las áreas educativas, pero sí puede proceder con el cobro del adeudo pendiente.
De acuerdo con el magistrado, la Caasim tiene prohibido suspender el suministro de agua en las instalaciones donde se encuentren estudiantes. Sin embargo, está autorizada a realizar cortes en áreas administrativas y otros espacios no relacionados con actividades educativas.
Asimismo, se ratificó su derecho a exigir el pago del adeudo, el cual asciende a 47 millones 065 mil 268 pesos.
Cabe recordar que tras la falta de pago del adeudo, cuyo último requerimiento fue emitido el pasado 9 de diciembre, la Caasim inició acciones legales para exigir el cobro.
En respuesta, la UAEH promovió tres juicios de amparo en contra de estos requerimientos, de los cuales dos fueron desechados. Sólo uno, radicado en el Segundo Juzgado de Distrito, fue admitido.
En este último caso, el magistrado Ordóñez Gutiérrez señaló que la resolución establece que el agua es un derecho vital, que debe ser garantizado por el Estado, y aunque el mínimo vital es de 30 litros diarios por persona, debido a la complejidad de separar esta cantidad, se determinó que no se podrá suspender el suministro en los planteles educativos.
La deuda de la UAEH con la Caasim incluye 37 millones 847 mil 449 pesos por consumo de agua y un monto adicional de 9 millones 217 mil 819 pesos por la falta de entrega de documentación comprobatoria, relacionada con cursos y talleres que la universidad se comprometió a impartir al personal técnico del organismo.
Finalmente, la Caasim hizo un llamado a las autoridades universitarias para que regularicen su situación de pago. De lo contrario, se procederá con el corte del servicio en las áreas administrativas, en cumplimiento de la normativa vigente.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *