Hace unos días se suscitaron una serie de eventos que tienen que ver con los contenidos que se comparten a través de redes sociales. Después de una álgida semana de información, al respecto es muy difícil que alguien en México esté ajeno a las implicaciones del caso.
De cualquier manera, habría que recordar que una llamada “influencer” compartió y comentó un video, donde es posible ver a una menor de edad siendo violentada sexualmente. Estas imágenes explícitas son acompañadas por una serie de improperios en redes sociales, en la voz de Yoseline Hoffman conocida en el ciberespacio como YosStop.
Este acontecimiento que podría pasar inadvertido por la cantidad de contenidos similares que se pueden ver en internet, tomó un rumbo inesperado cuando las autoridades de la CDMX solicitaron orden de aprehensión contra la youtuber.
La cuestión es que según la ley poseer y/o compartir un video de una menor de edad en situación sexual, es un delito que puede equipararse a la pornografía infantil. Esta reglamentación fijará criterios sin precedente en la historia jurídica mexicana.
Es decir, sería la primera vez que se juzga a una tercera persona (más allá de los presuntos culpables por el delito en cuestión) que por compartir contenidos de naturaleza sexual de una menor es juzgada por la autoridad. Lo anterior, incluso, podría derivar en una condena de más una década en prisión.
¿Es dura la ley en este particular? ¿En dónde inicia y en dónde termina la responsabilidad jurídica de aquellos que comparten contenidos de corte sexual? ¿Una persona que comparte contenidos de esta naturaleza está expuesto a ser condenado por pornografía infantil?
La legislación mexicana establece que la posesión, difusión o exhibición, por cualquier medio, de material sexual —en cuya producción hayan participado menores de edad—, son actos que se tipifican como pornografía infantil. Por tanto, si en efecto, YosStop envió dicho video a Ainara (y/o a cualquier otra persona), será difícil para el juez evitarle la prisión preventiva y todavía más complicado, será que ella logre la libertad al final del juicio.
Las interrogantes son muchas y las respuestas poco claras. Pero lo que es un hecho es que las redes sociales han reaccionado fuerte en contra de quienes han extendido este tipo de prácticas. Es un hecho que existe responsabilidad, al compartir contenidos que pueden ser presumibles de delitos. Pero también es un hecho que las redes sociales están colmadas de ejemplos similares.
Vale la pena hacer una amplia reflexión sobre el tema. Porque en el mundo de la web, hay realidades alternas. Es decir, muchas cosas no son exactamente como parecen. Un buen ejemplo es el que hoy mantiene gran interés de la sociedad mexicana. Porque se cumpliría un extraño supuesto dado que los culpables de la “supuesta violación” se encuentran libres mientras que la persona que compartió un video de ese acto está en proceso de ser juzgada.
Una extraña paradoja que se entiende solo si se analiza el poder, influencia e importancia de las redes sociales en el contexto actual. Porque ahora parece más importante tener tras las rejas, a una persona que compartió contenidos que a otra que cometió un delito.