Uno de los temas que se han señalado últimamente, es la idea reiterada de equiparar a los grupos delincuenciales como terroristas.

En especial nuestro vecino del norte, ha intentado establecer a los carteles mexicanos como terroristas y parece prudente hacer varias acotaciones al respecto.

En primer punto, los grupos terroristas no se definen por el daño o el impacto que pueden causar por sus acciones, sino por la intencionalidad de las mismas.

Del mismo modo que el narcotráfico no se define por la cantidad de sustancia que es transportada, sino por el fin y lucro que se pretende con la misma.

En tal sentido, un acto terrorista puede consistir tristemente tanto en la caída de las Torres Gemelas como en una bomba que explote en un parque, sin ocasionar daños humanos. Cualquiera de los dos, pueden ser considerados como actos terroristas, puesto que la finalidad de los mismos es causar terror entre la población.

Lo anterior es fundamental puesto que las causas, consecuencias y penas, son diversas a las de grupos de narcotraficantes puesto que la lucha contra dichos crímenes debe realizarse desde diversas perspectivas.

Ello no implica que uno sea de menor importancia que otro, puesto que ambos dañan a la sociedad y su gravedad depende del cada acto en particular.

Por cuanto hace al narcotráfico, su fin es el trasiego de droga. Si bien las acciones relacionadas con ello pueden y en gran medida, generar terror entre la población, no es el fin inmediato sino un hecho secundario a la intención principal del actor.

Lo anterior debe de ser comprendido para poder atacar de forma frontal, cada problema en específico, mientras se pudiera disminuir el terror ello no eliminaría el problema, dejando latente para su aumento posterior.

Por tanto, no pueden ser considerados terroristas criminales que son narcotraficantes, porque ello nos llevaría a realizar acciones que no abonan en gran medida para la victoria contra el crimen.

jfernandoge1@gmail.com

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