El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) determinó que el alcalde de Huejutla de Reyes, Daniel Andrade Zurutuza, no tiene facultades para celebrar contratos sin que previamente sean puestos a consideración de los regidores para su aprobación.
En la ponencia del juicio cuidado 340/2020, el magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez consideró fundado el reclamo de los regidores André Espinoza Galván, Angelica Cruz Barragán y Hilda Miranda Hernández Salazar y de la síndica Martha Margeri Rivera Núñez.
Señaló que los ediles tienen derecho a conocer los convenios, para discutirlo y aprobarlos, antes de que el presidente municipal los suscriba.
El TEEH ordenó modificar parcialmente el acta de la sesión ordinaria del 16 de diciembre pasado y dejar sin efecto el punto ocho, en el cual el Cabildo autorizó a Andrade Zurutuza signar contratos y convenios con dependencias de gobierno y particulares.
“Autorizar de forma abstracta, genética, indeterminada e indefinidamente al presidente Municipal para celebrar contratos (…) limita el derecho de los integrantes del ayuntamiento de Huejutla de Reyes, Hidalgo, a desempeñar su cargo, puesto que restringe la posibilidad de ejercer una de las funciones de control y vigilancia que tienen respecto de la hacienda pública”, aseguró.
Además, dijo, equivaldría a renunciar a cumplir con su mandato representativo.
El magistrado Leodegario Hernández Cortez recordó que “está situación ha venido prevalecido en los ayuntamientos” y que existen precedente de sentencia en el mismo sentido en las alcaldías de Pachuca y Villa de Tezontepec.
“Los regidores, los síndicos, tienen en todo momento la facultad para supervisar y vigilar este tipo de contratos”, reiteró.
Asimismo, el órgano jurisdiccional reencauzó la queja de Javier Baños Morales, quien dice ser militante de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), contra la sesión del consejo estatal, del 3 de enero, y la elección de la presidenta y de los secretarios general y de organizaciones del Comité Ejecutivo Estatal (CEE).
La ponencia de Hernández Cortez determinó enviar la queja, radicada en el juicio ciudadano JDC-002/2020, a la Comisión Nacional de Honor y Justicia, pues se debe agotada la impugnación en el ente intrapartidista de Morena, por lo que la vía persaltum no procede.
Durante la sesión, el TEEH también desechó el proceso especial sancionador 100/2020, pues consideró que Andrade Zurutuza no violentó la veda electoral en el pasado proceso comicial.
Además, desechó la queja (JDC-237/2020) de dos regidores de Calnali contra la negativa del edil a tomarles protesta, ya que el acto cesó desde el 24 de diciembre, día en que se integraron al Cabildo