El delito de feminicidio no puede equipararse a un homicidio calificado, puesto que se trata de circunstancias y motivaciones distintas, aseveró Carlos Alejandro Alcántara Carbajal, diputado local Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, de ahí la exigencia de endurecer las penas hasta 50 años de prisión.
Señaló que la tipificación del feminicidio es una manera de visibilizar la violencia contra las mujeres de forma extrema, sin embargo, no es suficiente cuando la penalidad inicia de 25 años y multas de 300 a 500 días.
“Es de reconocerse de la penalidad que protege también a las mujeres trans que han sido ultimadas, empero, esto no es suficiente porque actualmente, la pena mínima por feminicidio es igual a la de un homicidio calificado, lo cual queda establecido en el artículo 147, es decir de 25 años, cuando son circunstancias y motivaciones distintas”, enfatizó.
De acuerdo con la cifras emitidas por el Centro de Apoyo a las Identidades Trans (CAIT) entre 2007 y 2022, se registraron 590 asesinatos de personas transgénero en México, con un promedio anual de 53 asesinatos, lo cual, significa que la brecha de desigualdad, violencia y discriminación se agudizan hacia las personas de la diversidad sexual.
El legislador de la bancada naranja subrayó, en el Código Penal el feminicidio se encuentra reconocido en el Artículo 325 donde se establece que este delito se aplica en ocho motivos que se encuentran en fracciones reformadas en 2023 y un párrafo adicionado publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
Por esto se estableció que, a quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de 40 a 60 años de prisión y de 500 a mil días de multa, párrafo adicionado en el Diario Oficial de la Federación en abril de 2023.
De igual forma, señala que la pena se agravará hasta un tercio cuando la víctima sea mujer, menor de edad, embarazada, adulto mayor, con discapacidad, además cuando se trate de un servidor público y haya cometido esta conducta.
Carlos Alejandro Alcántara criticó que dicho cumplimiento en el territorio estatal, se haya convertido en una simulación para dar a la sociedad hidalguense una respuesta, sin dar cumplimiento a la CEDAW.
Recordó los hechos conocidos como “Las Muertes de Tula”, con la finalidad de callar a la opinión pública y tranquilizar a la población. Es importante corregir esta ruta y reformar el presente ordenamiento y dar un cumplimiento real a las observaciones de manera reiterativa y sancionar a los feminicidas”.
El Código Penal del Estado, debe reformarse y sancionar con penas de 35 a 50 años de prisión y de 500 a mil días de multa. La pena se agrave hasta un tercio cuando la mujer sea menor de edad o embarazada, discapacitada, adulta mayor y de la diversidad sexual.

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