La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, declaró improcedente la tutela preventiva dictada en favor de la aspirante a la diputación federal por el distrito de Huejutla, Sayonara Vargas, por no haber elementos fehacientes en cuanto a las acusaciones vertidas, a principios de mayo que derivaron en una denuncia penal.
Integrantes de dicha Comisión, resolvieron cinco medidas cautelares por presunta violencia política contra las mujeres en razón de género, vulneración de los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad en la contienda electoral, difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, así como la probable adquisición de tiempo en radio como parte del proceso electoral federal 2023- 2024 y local.
El 6 de mayo, la aspirante de la coalición Fuerza y Corazón por México, denunció a Feliciano Cruz Hernández, dirigente de la Unión Regional de Ejidos y Comunidades de Hidalgo, y así como al morenista Daniel Andrade Zurutuza, por declaraciones públicas hechas en un evento político, donde presuntamente incita a los asistentes “a amarrarla”, cuando acuda al toque de puerta.
Según versión de Sayonara Vargas, el también suplente Cruz Hernández instó a la gente a tomar acciones en su contra luego de presentarse frente a la casa de campaña de Daniel Andrade Zurutuza, quien se encontraba al interior del inmueble junto con sus hermanos.
El suplente de Morena invitó a la gente a agredir de manera física a la candidata a diputada federal quien busca la reelección y derivó en una medida de presión a fin hacer entrega de más apoyos.
Por esta razón, la abanderada de la coalición del PRI- PAN PRD, acudió ante la Agencia del Ministerio Público en la capital hidalguense, para denunciar los actos intimidatorios, quien pidió medidas cautelares por temer en su integridad física, lo cual derivó en una medida legal de protección y la investigación de actos que requerían un análisis para esclarecer los hechos denunciados en la carpeta de investigación 12-2024-06 882.
La Comisión del INE resolvió que bajo la apariencia de algún derecho, las expresiones denunciadas podrían constituir violencia psicológica y simbólica, en caso de tener un impacto diferencial, al configurar actos de violencia política en razón de género, no así la adopción de medios cautelares alta tasa de hechos futuros de realización incierta.
Por esta razón, se exhortó a Feliciano Cruz, a conducirse con respeto de los derechos humanos de las mujeres y evitar el realizar expresiones como las que fueron revisadas ante la Comisión ya mencionada del Instituto Nacional Electoral.

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