En estos días ha existido una discusión importante dentro del senado sobre el interés jurídico y legítimo para interponer una controversia constitucional, motivo por el cual considero importante hacer unas apreciaciones sobre el interés jurídico.
En primer punto, he de mencionar que todas las personas que vivimos en nuestro país tenemos derecho de acceder a la justicia por diversas vías jurisdiccionales y a través de diversos órganos jurisdiccionales como lo son jueces civiles, penales, mercantiles, familiares e incluso en materia de amparo.
Sin embargo, ese derecho de acceso a la justicia se encuentra limitado por el interés que tengamos las partes para poder aperturar los procesos respectivos ya que, de lo contrario no solamente tendríamos una posibilidad ilimitada de afectar a terceras personas sino al propio sistema de justicia mexicana.
En tal sentido, imaginemos si todos pudiéramos iniciar procesos sin tener derecho a ello, implicaría que pudiéramos obligar a terceros a ser parte de procesos sin tener obligación alguna como sucedería en asuntos particulares.
Por tanto, es que el interés jurídico implica la afectación directa que tiene una persona sobre un bien jurídico tutelado o derecho violentado en su perjuicio, tal y como se puede apreciar cuando una persona es afectada por cualquier acto de molestia como lo es por ejemplo una detención o un embargo.
En consecuencia, es que por regla general nadie puede aperturar un proceso sin que exista un interés jurídico sobre el mismo.
No obstante, debemos de señalar que en materia penal a quien le interesa fundamentalmente la persecución y sanción de delitos es al Estado, motivo por el cual es que todos estamos obligados a denunciar cualquier hecho que pueda ser constitutivo de delito, sea sobre una afectación o no de nuestros bienes y derechos.
En ese mismo sentido, en materia de amparo se permite aperturar el proceso cuando existe un acto que no afecta directamente nuestra esfera de derechos, pero si de manera indirecta, denominado un interés legítimo, lo que permite defender nuestros derechos ante cualquier acto de autoridad que afecte directa o indirectamente nuestros derechos.
Lic. Juan Fernando González Espinosa
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