En estos días uno de los temas que más ha sido discutido a nivel nacional es el paso de la Guardia Nacional a un orden o mando militar y si esto puede ser considerado como una militarización del país o no.

Mucho se ha discutido tanto por legisladores como por diversas figuras políticas, incluso se han señalado diversidad de acusaciones entorno a este tema y si es benéfico o no para nuestro país.

No obstante, de las grandes e interesantes discusiones que han existido entorno al tema, me parece que todas son inertes en el momento que actualmente transita nuestro país.

Lo anterior en virtud de que, la reforma que se aprobó en ambas cámaras fue un dictamen que aprueba una diversidad de cambios y legislaciones a lo que denominamos leyes secundarias, es decir leyes que regulan aquello que se encuentra establecido en la Constitución, por lo que no pueden ni deben modificar la esencia constitucional.

En consecuencia, la primera discusión debe de ser la constitucionalidad, ya que en el artículo 21 constitucional se establece que la Guardia Nacional será de carácter civil, motivo por el cual considero que la discusión debe de permear sobre si es Constitucional o no la reforma planteada y de no considerarlo así me parece inerte la propia discusión.

En tal sentido, no dudo que la discusión pudiera ser considerada por los legisladores, pero no para la modificación de leyes secundarias sino de la propia Constitución puesto que, de considerar que efectivamente la Guardia Nacional debe de ser militar debe de existir la reforma constitucional que permita que las leyes secundarias regulen dicho mandato constitucional.

Sin embargo, al no existir dicha reforma debe de entenderse que el dictamen pudiera ser considerada inconstitucional y la materia de la discusión judicial no será sobre si es correcto o no que sea de mando militar o no sino si la regulación secundaria es acorde o no al texto constitucional.

Lic. Juan Fernando González Espinosa

juanfer_lm@jfg

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *