Uno de los momentos más importantes del debido proceso son los alegatos, siendo este el momento en que las partes acuden al tribunal o al juez para que escuché lo que deben de manifestar respecto del asunto en controversia.

Sin embargo, en pocas ocasiones los alegatos son tomados en consideración y su relevancia es mayúscula, puesto que es el momento cumbre de la litis, ya que ha pasado la etapa donde se han probado o no los hechos y en contra partida a ello es el momento de que las partes puedan ser oídas y puedan desahogar sus inquietudes ante quien resolverá la litis.

Pocas veces se habla de la necesidad del conocimiento de la causa por parte del juzgador, puesto que si bien las partes pueden quejarse y señalar en diversidad de circunstancias lo que ellas consideren pertinente esto no tendrá la mayor relevancia si la persona que escucha no es una persona que tenga pleno conocimiento de lo que se esta abordando en el momento.

De lo anterior, se desprende la necesidad que el juzgador haya conocido previamente el asunto a profundidad para que todo lo que las partes aleguen sea conocido por el juzgado y el mismo tenga ya una idea del litigio en comento. Pero más allá de ello es necesario que los oídos de los juzgadores sean honestos, imparciales y humildes.

Honestos para creer en la verdad y saber cuando se esta ante la misma. Imparciales para no decantarse por ninguna de las partes sino por la justicia y humildes que me parece que es la palabra clave de todo buen juzgador, puesto que la humildad es el elemento clave para que el juzgador que escuché un alegato comprenda cuando debe de aceptar un error preconcebido o no, inclusive la humildad para aceptar cuando se esta frente a una verdad o un error personal.

En consecuencia, es que los alegatos es el momento cúspide de la justicia en el proceso, es la etapa en que toda persona se desahoga en un juicio esperando ser escuchada con justicia.

Lic. Juan Fernando González Espinosa

juanfer_lm@hotmail.com

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