Gerardo Sosa Castelán, preso desde el 31 de agosto de 2020 en el Cefereso de Almoloya por los delitos de delincuencia organizada y uso de recursos de procedencia ilícita, no será tratado por sus padecimientos de hipertensión arterial y otros, en el hospital privado Médica Sur, en Tlalpan, Ciudad de México, determinó un tribunal colegia del Estado de México.
Al resolver el recurso de queja 6/2021, la justicia federal consideró que no es procedente el envío del exrector de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), a un nosocomio particular, pues no se advierte “la imperiosa necesidad de ejercer dicho traslado para proporcionar la atención médica de medicamentos, que el quejoso necesita para sus padecimientos” en un determinado centro de salud especializado, pese a que el pagaría los gastos con una póliza.
El resolutivo señala que los médicos oficiales del centro penitenciario, únicamente solicitarán la práctica de estudios de laboratorios e intervención de ciertos especialistas, mas no han sugerido su ingreso en un hospital.
En tanto, la defensa del líder del d Grupo Universidad, presentó la opinión de su “médico de cabecera”, quien aseveró que requiere atención “urgente” y “especializada” bajo equipo de radiología e imagenología y laboratorio, “y que en caso de que el centro penitenciario no cuente con todo ello, será indispensable y urgente trasladarlo a un centro médico”.
Asimismo, refirió que el expriista ha presentado desvanecimientos, mareos, ansiedad, problemas en la columna vertebral, perdida de peso y dificultad para orinar, mientras que en las notas médicas se asentó que padece hipertensión arterial sistemática.
Añadió que su cliente ha bajado de peso en la prisión: “al entrar al reclusorio (el 31 de agosto de 2020), pesaba 82 kilos y ahora pesa 73 kilos”.
Los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, ordenaron el suministró oportunamente los medicamentos prescritos a Sosa Castelán.
Además, se debe realizar los análisis de laboratorio que requiera, incluyendo “EKG y RX de tórax”, solicitados por el medio oficial, así como “Biometría Hemática (BH), Química Sanguínea 35 elementos (QS35) y Examen General de Orina (EGO)”, requeridos por su homólogo, y de manera optativa los sugeridos por el galeno particular del expresidente del Patronato Universitario: resonancia magnética como ultrasonido de vías urinarias, antígeno prostático o exploración digital prostática, electrocardiograma, holter de presión arterial, exámenes de sangre y prueba de glucosa.
En caso de ser necesario, añade el fallo, se debe dar intervención a los médicos especialistas en otorrinolaringología, traumatología, ortopedia y urología adscritos al Cefereso 1 de Almoloya de Juárez