Por separado, los partidos Nueva Alianza Hidalgo (Panalh) y Revolucionario Institucional (PRI), acudieron a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Federal de la Federación (TEPJF) para controvertir los lineamientos para la comprobación de los representantes generales y ante las mesas casilla el día de la jornada electoral, a efectuarse el próximo domingo.
A través de los recursos de apelación RAP/125/2021 y 127/2021, respectivamente, los entes políticos controvirtieron el acuerdo INE/CG436/2021 del Instituto Nacional Electoral (INE), emitido el 4 de mayo pasado, relativo a los procesos electorales federal y local concurrentes para la renovación de diputaciones, así como el extraordinario para los ayuntamientos de Ixmiquilpan y Acaxochitlán.
La resolución de ambos recursos están a cargo del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, de acuerdo con los asuntos en instrucción del TEPJF.
El documento del INE contiene los lineamientos para la comprobación de gastos que realicen los partidos el día las votaciones en comida y transporte, así como del apoyo económico que otorguen a sus representantes generales y de casilla o, en su caso, probar la gratuidad de sus servicios prestados.
Según el acuerdo, el 6 de junio los sujetos obligados deberán de registrar ante el
Sistema de Fiscalización de Jornada Electoral (Sifije), los montos erogados a estas personas, así como el mecanismo de dispersión.
Cada registro tendrá que ser firmado electrónicamente en el Sifije por el responsable de Finanzas de cada partido, para generar el comprobante eléctrico de pago, sea de gratuidad u oneroso.
Los lineamientos también establecen que al menos el 25 por ciento de las personas enviadas por los institutos políticos a los centros de votación, deberán ser por remuneración económica.
Además, los partidos deberán reportar estos gastos a más a tardar, tres días posteriores a la realización de la jornada comicial; es decir, el 10 de junio.
El importe a pagar a los representantes de casilla que se podrá reportar en el sistema será a partir de los 100 y hasta los 3 mil pesos. Ese pago solo se podrá efectuar, a través de los medios de dispersión de recursos del sistema financiero mexicano.
“Los sujetos obligados podrán pagar a las personas representantes dinero en efectivo. El monto máximo que podrán pagar por esta vía en cada Distrito Federal Electoral, será el que resulte de multiplicar el monto total pagado en el Distrito por el porcentaje de casillas no urbanas en ese mismo Distrito”, añade el acuerdo.
Los gastos por alimentos o transportes se deberán acreditar de forma individual con documentación