La senadora priista Nuvia Mayorga Delgado, propuso reformas con la finalidad de que el Poder Legislativo expida leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, feminicidio, así como electoral.
Indicó que en 2022 se sumaron 3,754 muertes de mujeres en México, de las cuales sólo 947, es decir, cerca del 33.7pr ciento se investigaron como feminicidios, de acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), por lo que es importante definir este delito.
“Podemos decir que el feminicidio es multifactorial y complejo, toda vez que se ha naturalizado matar mujeres”.
Manifestó que el feminicidio es el extremo de un continuo terror antifemenino, que incluye una gran cantidad de formas de abuso verbal y físico como son la violación, tortura, esclavitud sexual, entre otros que resultan en la muerte, “son feminicidios”,
La hidalguense indico que las Naciones Unidas definen la violencia contra la mujer como “todo acto de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive la amenaza de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se produce en la vida pública como en la vida privada”.
Por ello, dijo que se requiere una definición clara y completa de la violencia contra la mujer, una formulación clara de los derechos que han de aplicarse a fin de lograr la eliminación de la violencia contra la mujer en todas sus formas.
Comentó que algunos grupos de mujeres pertenecientes a minorías, como las indígenas, las refugiadas, las migrantes, las que habitan en comunidades rurales o remotas, las indigentes, las recluidas en instituciones o detenidas, las niñas, las mujeres con discapacidades y las ancianas, son particularmente vulnerables ante la violencia.
Recordó que fue hasta el 14 de junio del año 2012, cuando se tipificó el delito de Feminicidio en el Código Penal Federal Mexicano.
Por ello, propuso establecer como facultad del Congreso de la Unión expedir leyes en materia de feminicidio, en el ánimo de promover legislación integral en esta materia

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