Para que la justicia penal sea más eficaz, el senador de Morena, Navor Alberto Rojas Mancera, propuso reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales, a fin de que el Juez de Control pueda hacer una reclasificación del delito por el que una persona es consignada por el Ministerio Público.
Afirmó que con ello se busca que la procuración y administración de justicia en el país, sea más expedita y cumplir con los mejores objetivos del proceso penal, pero agregó, para ello es preciso reformas y adecuaciones normativas.
Señaló que el sistema jurídico mexicano, ha sido objeto de diversas actualizaciones en beneficio de su modelo operativo.
Recordó que en 2008, se implementó una reforma constitucional trascendental en materia penal, transitándose del Modelo Procesal Penal denominado “Inquisitivo” al Sistema Procesal Penal de carácter Acusatorio, lo cual representó importantes modificaciones estructurales al proceso penal mexicano.
En marzo de 2014, el Poder Legislativo Federal expidió el Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual tiene por objeto, establecer las normas que han de observarse en la investigación, el procesamiento y la sanción de los delitos, para esclarecer los hechos, proteger al inocente, que el culpable no quede impune y que se repare el daño, y así contribuir a asegurar el acceso a la justicia en la aplicación del derecho y resolver el conflicto que surja con motivo de la comisión del delito.
La última reforma a esta legislación fue el 19 de febrero del año 2021, por lo que es evidente que en la práctica de este nuevo sistema, existan áreas de oportunidad para mejorar la impartición de justicia.
“Así, los órganos federales, a través de la revisión de los juicios de amparo, emiten diversos criterios que interpretan y subsanan omisiones y deficiencias de la norma penal, sin que implique hasta este momento una reforma legislativa”, expresó el senador por el estado de Hidalgo.
Sin embargo, el senador morenista planteó la necesidad de que se realicen reformas al artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para que queden claramente establecidos los requisitos para dictar el auto de vinculación a proceso.
Precisó que el auto de vinculación a proceso deberá dictarse por el hecho o hechos que fueron motivo de la imputación, el Juez de control podrá otorgarles una clasificación jurídica distinta a la asignada por el Ministerio Público, misma que deberá hacerse saber al imputado para los efectos de su defensa previo a resolver la vinculación a proceso.
“Así, encontramos un área de oportunidad en la metodología para el dictado del auto de vinculación por el juez de control”, explicó el legislador.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *