La diputada Norma Angélica Aceves García del PRI, propuso al Consejo Nacional para la Evaluación de la Política Social (Coneval), modificar la metodología para la medición de la pobreza, e incorpore los criterios de pobreza energética.
Dijo que de acuerdo con el Coneval, una persona se encuentra en situación de pobreza cuando tiene al menos una carencia social, en los seis indicadores de rezago educativo, acceso a servicios de salud, acceso a la seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación y su ingreso es insuficiente para adquirir los bienes y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades alimentarias y no alimentarias.
Indicó que la intención de su iniciativa es modificar la Ley General de Desarrollo Social y proponer una división de la carencia social denominada “servicios básicos en la vivienda”, para establecer como una variable de medición autónoma la “carencia por acceso a la energía”, dado que este factor incide directamente las condiciones de vida de las familias, más allá de ser un “servicio básico”.
La priista consideró que la pobreza energética incide en diversas áreas del bienestar de las personas, como la salud, la ocupación, el trabajo no remunerado, la alimentación, incluso en factores como el acceso al agua potable.
“La pobreza energética es cuando en una vivienda no se dispone de energía eléctrica y el combustible que se utiliza para cocinar o calentar los alimentos, es carbón o leña”.
Esta metodología no responde a las necesidades actuales, donde se requieren diversos tipos de satisfactores, para poder generar un bienestar integral y superar la carencia, “es decir las necesidades en materia energética en los hogares tienen un alcance mayor, que la simple conexión a la energía eléctrica que no mide por ejemplo la calidad del servicio, las horas de cobertura y las deficiencias del servicio, donde por ejemplo, quizá solo se tiene acceso a la iluminación, pero no a la refrigeración de alimentos”, dijo.
Por ello, considero que lo primero sería definir concretamente el término “pobreza energética”.
Manifestó que se considera que una persona se encuentra en pobreza energética, cuando no se cuenta con el acceso a los recursos materiales para satisfacer alguna al menos, de las siguientes necesidades básicas: calentamiento de agua, cocción y refrigeración de alimentos, iluminación, confort térmico y entretenimiento y comunicación.
De ahí que considero necesario cambiar los parámetros de medición de pobreza del artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social.
Comentó que la pobreza energética afecta desproporcionalmente, más a mujeres y familias en comunidades rurales.
“La medición de la pobreza energética es transversal a los otros parámetros de medición de la pobreza que utiliza el CONEVAL, el calentamiento de agua incide directamente en la salud, dado que su principal destino es el aseo personal; ahora bien en comunidades rurales con mucha pobreza se sigue ocupando leña, carbón o algún otro combustible que genera dióxido de carbono, mientras que en un hogar de zona urbana el costo del gas lp, principal combustible usado para calentar o cocinar, ha tenido un alto incremento en fechas recientes, un 30% el último año, lo cual está representando el principal componente de inflacionario del último año