Otoniel García Montiel, del Grupo Parlamentario de Morena, propuso la eliminación de trámites para los trabajadores o sus causahabientes, que han sufrido una incapacidad parcial permanente de más de 50 por ciento o invalidez total, y puedan gozar de la liberación automática de su adeudo ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), una vez que el Instituto Mexicano del Seguro Social les ha proporcionado la resolución correspondiente de incapacidad o invalidez total.
Para ello, platea que se modifiquen el artículo 51 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el 145 de la Ley Federal del Trabajo.
Manifestó que con su propuesta de reformas, se busca beneficiar de mejor manera a un grupo vulnerable, que es la clase trabajadora que tiene una invalidez o incapacidad, a través de un beneficio que éste plasmado en la ley.
Destacó que actualmente, una vez que el IMSS resuelve que un trabajador tiene una incapacidad que lo imposibilita para trabajar y, por tanto, no puede cumplir el pago del crédito del Infonavit, tiene 30 días para acreditar tal situación con la resolución que le emita el propio Instituto Mexicano del Seguro Social.
Indicó que en el artículo 51 se establecería que los créditos que el Infonavit otorgue a los trabajadores, estarán cubiertos por un seguro para los casos de incapacidad total permanente o de muerte, que libere al trabajador o a sus beneficiarios de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio a favor del Instituto derivados de esos créditos.
“Para estos efectos, se entenderá por incapacidad total permanente, la pérdida de las facultades o aptitudes de una persona, que la imposibilite para desempeñar cualquier trabajo el resto de su vida, cualquiera que sea la naturaleza del riesgo que la haya producido.
El hidalguense comentó que el costo del seguro en caso de incapacidad permanente, quedará a cargo del instituto.
“A fin de proteger el patrimonio de los trabajadores, el Instituto podrá participar con empresas públicas y privadas para promover el desarrollo, así como el abaratamiento de esquemas de aseguramiento a cargo de los acreditados, que permitan ampliar la cobertura de siniestros”, expuso el morenista.
Dijo que en la Ley Federal del Trabajo quedaría claramente establecido que se entenderá por incapacidad total permanente, la pérdida de facultades o aptitudes de una persona, que la imposibiliten para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida, cualquiera que sea la naturaleza del riesgo que la haya producido.
Tratándose de los casos de incapacidad parcial permanente, cuando ésta sea de 50 por ciento o más, o invalidez definitiva, se liberará al trabajador acreditado del adeudo, los gravámenes o limitaciones de dominio a favor del Instituto, siempre y cuando no sea sujeto de una nueva relación de trabajo por un período mínimo de dos años, lapso durante el cual gozará de una prórroga sin causa de intereses, para el pago de su crédito

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