Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) declararon infundado el recurso de apelación interpuesto por Nueva Alianza Hidalgo (Panalh), contra el registro del Partido de la Revolución Democrática (PRD) como partido estatal, al considerar que cumplió con los requisitos.
El órgano jurisdiccional resolvió ayer el expediente TEEH-RAP-042-2024, a través del cual el partido magisterial controvirtió el acuerdo IEEH/CG/R/012/2024 del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), a través del cual avaló el PRD Hidalgo tras su extinción nacional.
De acuerdo con la ponencia de la magistrada Rosa Amparo Martínez, el artículo 95 párrafo quinto de la Ley General de Partidos Políticos, establece la facultad de los partidos nacionales que perdieron su registro nacional, por no lograr el 3 por ciento en la pasada elección federal, para buscar ser entes locales sí alcanzaron el 3 por ciento en los comicios locales.
Asimismo, señala el requisito de haber registrado candidatos en al menos la mitad de municipios y distritos locales.
En ese sentido, el TEEH indicó que el PRD obtuvo el 3 por ciento de la votación total emitida y participo en elección de diputaciones locales en los 18 distrito s electorales locales en la candidatura común Fuerza y Corazón por Hidalgo, con los partidos Acción Nacional y Revolucionario Institucional, así como en los ayuntamientos con candidatura común en 49 municipios y en18 municipios en solitario.
Asimismo, la sentencia indica que los criterios de las Salas Regionales y de la Sala Superior del Tribunal Electoral de la Federación (TEPJF), indican que las postulaciones hechas por un partido en coalición o candidatura común, se deben computar como propias.
Por ello, el tribunal local declaró infundados los alegatos de Nueva Alianza contra el registro del PRD Hidalgo y ratificó la decisión del IEEH.

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