Magistrados y magistradas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), calificaron de improcedente el recurso de reconsideración presentado por el excandidato de Morena en el ayuntamiento de Tulancingo, Oscar Damián Sosa Castelán, y por ende, confirmaron el triunfo de Jorge Márquez Alvarado como presidente electo para el periodo 2020-2024.
Minutos antes de la media noche, el pleno de la Sala Superior llevó a cabo una sesión en la que confirmó 12 sentencias emitidas por la Sala Regional Toluca, relacionadas con el proceso electoral de ayuntamientos en Hidalgo.
En lo que hace al asunto de Tulancingo, el excandidato de Morena impugnó la resolución emitida por la Sala Regional, que modificó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), el cual había anulado el resultado de la votación por considerar que hubo violaciones graves durante y después de la jornada electoral, incluso reconocidas por la propia presidenta del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), Guillermina Vázquez Benítez.
Dicha sentencia, fue revocada por la magistrada y magistrados de la Sala Regional Toluca, bajo el argumento que ninguno de los actores: PRI y Morena solicitaron la nulidad de la elección, aunado a que no se acreditó que hubiera violaciones a paquetes electorales y a la bodega en donde éstos fueran resguardados.
Como parte de la cadena impugnativa, Damián Sosa Castelán acudió a la Sala Superior, pero no logró desvirtuar los argumentos del pleno de la Sala Toluca, en consecuencia, se confirmó el triunfo para Jorge Márquez, así como el resultado del cómputo, la declaración de validez y la entrega de constancia.
Asimismo, los integrantes de la Sala Superior confirmaron el resultado de la elección en Xochiatipan bajo el argumento que la danza Huasteca no se realiza con fines religiosos, sino como parte de identidad de los pueblos indígenas.
Además, declararon improcedentes los recursos de reconsideración relacionados con la elección de los ayuntamientos de Tianguistengo, Zimapán, Tepeapulco, San Felipe Orizatlán, Tepehuacán de Guerrero, Huichapan, Actopan e Ixmiquilpan.
Algunos relacionados con la designación de regidurías de primeria minoría y otros con los resultados del proceso electoral.
Los motivos de desechamiento, fueron improcedencia por extemporáneos, se agotó el derecho de acción y no se cumple el requisito especial de procedencia porque no había constitucionalidad o convencionalidad.
En el caso de Ixmiquilpan el magistrado presidente José Luis Vargas Váldez se pronunció por entrar al fondo del asunto por la aplicación de una norma constitucional que prohíbe actos anticipados de campaña, en caso que hubiera una correcta aplicación de la norma constitucional, pero no procedió.
Una vez que la Sala Superior ha agotado todos los asuntos que fueron recurridos, las autoridades electas en el pasado proceso, ya podrán tomar posesión en todos sus cargos en el estado de Hidalgo este 15 de diciembre