Se ha aprobado la famosa reforma judicial y parece importante señalar que es lo que implica dicha modificación.

En primer punto, la reforma es un cambio a todas las estructuras de los tribunales jurisdiccionales, tanto federales y después vendrán los locales, lo que implica que los cambios que se han planteado a nivel federal, se replicaran en todos y cada uno de los tribunales locales.

El primer cambio trascendente, implica la eliminación del Consejo de la Judicatura, motivo por el cual se crearán dos figuras: un órgano administrativo y un Tribunal de Disciplina, cuyo encargo y facultad, será vigilar el debido cumplimiento de los deberes por parte de los órganos jurisdiccionales, el cual se establece como un órgano autónomo e independiente.

En segundo punto, se elimina toda la posibilidad de suspensión en cuanto acciones de inconstitucionalidad con efectos generales.

Igualmente se establece un límite por cuanto hace a las prestaciones y salarios de los órganos jurisdiccionales, que no pueda exceder de aquel del titular del poder ejecutivo.

En tercer punto, en cuanto a todos los fideicomisos que tenga cualquier poder judicial federal o local, debe pasar a las arcas nacionales.

Finalmente, y lo que parece aquello que más discusión ha causado, ha sido la elección por voto popular tanto de ministros, jueces y magistrados, así como de los miembros del Tribunal de Disciplina.

En tal sentido, se pretende que todos los órganos jurisdiccionales sean elegidos por voto popular, de una lista que sea aportada por los 3 poderes, prohibiendo de manera constitucional tanto las precampañas como los financiamientos públicos y privados.

Sin embargo, lo que si se prevé, es tiempo en radio y televisión, así como participación en debates, para poder dar a conocer propuestas y perfiles, para que las y los ciudadanos puedan escoger a quienes consideren deban integrar los órganos jurisdiccionales.

jfernandoge1@gmail.com

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