La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México decidió invalidar este lunes el primer decreto de las reformas político-electorales que fueron impulsadas por el jefe de Estado, Andrés Manuel López Obrador, un paquete de normas conocido también como ‘Plan B’.
Por amplia mayoría, de nueve votos a favor y dos en contra, el pleno de la SCJN anuló el decreto que modificaba las Leyes Generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, al considerar que el trámite en el Congreso se dio en medio de “violaciones graves al procedimiento legislativo”.
La propuesta para anular la reforma de López Obrador, que ya había suspendido la Corte a finales de marzo, fue promovida por el magistrado Alberto Pérez Dayán, quien alegó que el decreto violaba los artículos 71 y 72 de la Constitución, al haber sido aprobadas sin observar los procedimientos legislativos.
“El decreto impugnado fue aprobado en transgresión al principio de deliberación democrática, ya que no es el resultado del debate que debe existir en todo órgano legislativo, es decir, la tramitación injustificada como de urgente u obvia resolución de la Cámara de Diputados y las irregularidades cometidas en Comisiones de la Cámara de Senadores impidieron la deliberación democrática real, cualitativa y de fondo”, cita parte del proyecto de impugnación que estudió la Corte.
La presidenta de la SCJN, Norma Piña Hernández, una jueza que ha sido ampliamente criticada por López Obrador, señaló —citada por periodistas locales— que México, al ser una democracia constitucional, debe fundamentar sus leyes y reformas con base en la deliberación parlamentaria de todas las fuerzas políticas.
Medio locales informaron que las dos magistradas que votaron en contra de anular el ‘Plan B’ fueron Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf. Mientras que los jueces que opinaron a favor son: Norma Lucía Piña Hernández, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alberto Pérez Dayán, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ana Margarita Ríos Farjat, Javier Laynez Potisek, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Luis María Aguilar Morales y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
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Considero que el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Noción, anulando el primer decreto de la reforma electoral, impuesta por el señor presidente de la Republica licenciado Andrés Manuel López Obrador, que fue aprobado por el Congreso de la Unión, si bien momentáneamente es un suave revés a las pretensiones desmedidas del primer ejecutivo de la nación, y una muestra clara del único Poder de la Unión en México, que esta demostrando su verdadera independencia, al cumplir su función de vigilar que todos respeten la Constitución y con ello se controle el afán enfermizo de nuestro presidente para menoscabar y destruir el INE, INAI,Conacyt, y demás instituciones, lo cual hace posiblemente para evitar que estos organismos fiscalicen sus actos de gobierno o bien con miras a poderlos “adelgazar” o de plano para desaparecerlos y así se logren ahorros de dinero para que aplique en los programas del gobierno federal en los que se regala dinero, tanto a quienes lo necesitan como a quienes no lo necesitan, puesto que por ejemplo hay empresarios y funcionarios en activo o jubilados que a pesar de tener ingresos superiores a los que obtiene el presidente, también reciben el sesenta y cinco y más,, garantizando con ello su adhesión para las próximas elecciones, en las que estará presente, sin lugar a dudas, la popularidad de presidente, el fallo referido del máximo tribunal se antoja un tanto débil, puesto que los ministros no se fueron al fondo del asunto, ya que debieron argumentar que la reforma atenta contra la esencia misma de la democracia y fomenta la toma de decisiones, como si nos encontráramos inmersos en un régimen autoritario, y no en un sistema democrático , representativo y republicano. Anular la reforma, solo por la forma ya que de acuerdo al pleno de ministros, para su creación no se sometió a una deliberación democrática, es decir a la discusión de las otras fuerzas representadas en el Congreso de la Unión, en lo concerniente a las Leyes Generales de Comunicación Social y e Responsabilidades Administrativas, que son parte del primer decreto, sobre el que se pronunciaron, ya que si bien tiene una gran trascendencia, no debe perderse de vista que el otro paquete de reformas también ordenadas por el mandatario nacional y que aprobaron indebidamente los legisladores, tienen que ver con la esencia misma del Ine y se corre el riesgo, de que las mismas o parte de ellas no se anulen. Los legisladores que aprueban al vapor, solo por consigna de su jefe, deben ser apercibidos, que de continuar con esa actitud, podrían considerarse como traidores a la patria, como alguna vez lo dijo e presidente, al no someterse a lo que mas conviene al país y no solo a los intereses de un solo hombre. Hay quienes prefieren no traicionar al presidente, pero no dicen al traicionar a México y a los mexicanos por no cumplir con su obligación de aprobar leyes, que sirvan a todos y no solo al grupo en el poder.
En la Alemania Nazi, el poderío de Adolfo Hitler, fue absoluto, dominó lo mismo sindicatos, al parlamento, (lo que en México es el poder legislativo), los paridos político, sindicatos, organizaciones etc.,y la principal como la fuerza armada, que le juro y le demostró fidelidad, esta fue la principal herramienta que utilizo contra sus oponentes, para el exterminio que se propuso, con la que contaba Hitler para reprimir a quienes se oponían a sus decisiones y quien osaba contrariarlo, si bien le iba era encarcelado, o bien ya no ascendía a los cargos o simplemente se desaparecía. No había imperio de la ley. Simplemente todos lo obedecían ciegamente. Lo que el desidia se tenia que hacer, aunque contrariara la ley. México no debe ni puede permitir ese ejemplo de la historia, la Ley es la Ley y las instituciones que nos hemos dado, a través de tantas luchas, son las instituciones, como lo es el Poder Judicial, esta institución no debe someterse a las decisiones del ejecutivo o de otro poder, menos aun a un partido que proponga a sus ministros, como ocurre en el Congreso de la Unión, puesto que su existencia y funcion se sustenta en la Constitución, misma de la que es garante, pese a quien le pese, no debe permitirse su debilitamiento ni que este bajo el control de otro poder del estado.