En estos días hemos visto de manera consternada, la noticia de como dos jóvenes padres decidieron abandonar a su hijo recién nacido con la finalidad de que falleciera.
En primer punto los hechos por los que fueron imputados y vinculados a procesos, fueron por haber dado a luz en un baño público, a un bebe varón con la finalidad de posteriormente embolsarlo y abandonarlo en un lugar para que falleciera.
He de mencionar que no pudiera establecer la responsabilidad de dicho proceso, ya que la información que conocemos, es respecto de los medios de comunicación y el proceso resolverá la veracidad de los hechos imputados.
No obstante, de acreditarse los hechos previamente imputados, implicaría una conducta que encuadraría en el tipo penal de tentativa de homicidio, ya que la finalidad de la conducta descrita fue la de privar de la vida a un menor de edad, descendiente de sus propios progenitores, lo que pudiera implicar una pena de hasta 70 años.
Parece fundamental establecer la importancia del estudio de la intención en el derecho penal, puesto que si bien el delito a imputar, pudiera ser el abandono de menor el cual tiene una penalidad mínima, ello no encuadraría con la realidad, puesto que la intención no fue abandonarlo sino privarlo de la vida.
En consecuencia, aquello que castiga el derecho penal es la conducta y la intención del autor, motivo por el cual la investigación debe basarse fundamentalmente en la conducta del autor o autores, como en este caso.
Lo anterior tiene la finalidad de proteger a la sociedad y garantizar una justicia ya que, aquello que investiga y sanciona el derecho penal, es la conducta del imputado no de la víctima, por lo que la imputación no solamente debe de basarse en los hechos sino en la intencionalidad del autor porque ello es de lo que se protege a la sociedad.
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